El duplicado del alta de autónomos es un documento esencial para las personas que conforman esta comunidad a los fines de obtener beneficios y deducciones de autónomos con respecto a su actividad. Por ello, es fundamental que aprendas la mejor forma de solicitar este documento.
Por tal razón, en este artículo podrás encontrar cómo solicitar el duplicado del alta de autónomos, así como las razones por las cuales un autónomo debe darse de alta ante la Seguridad Social. Si lo necesitas, tienes nuestra asesoría online barata a tu disposición.
¿Qué es el duplicado de alta en un autónomo?
El duplicado del alta de autónomos es un documento que te respalda ante el inicio de una actividad por cuenta propia. Entre otras cosas, resulta de gran utilidad obtener este documento en los siguientes casos:
- Modificación del régimen de autónomo.
- Tramitar la baja.
- Cambiar datos.
- Solicitar una prestación por accidente.
- Cese de actividad.
En otras palabras, y más allá de los beneficios que puedan resultar de obtener este duplicado del alta de autónomos, con dicho documento podrás demostrar que trabajas por cuenta propia y que estás sometido a las regulaciones del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
¿Por qué debe un autónomo darse de alta en la Seguridad Social?
Si eres un trabajador por cuenta propia, seguramente te has llegado a preguntar en alguna ocasión: ¿por qué debo darme de alta como autónomo en la Seguridad Social?
¡Sencillo! Para poder acceder a las prestaciones que cubre el sistema de Seguridad Social. Entonces, lo que debes hacer es darte de alta en el RETA. Seas un autónomo a media jornada o no, este paso es crucial para cumplir tus labores profesionales.
A continuación, encontrarás algunas de las prestaciones a las que podrás acceder una vez te hayas dado de alta:
1. Incapacidad temporal y permanente
Para acceder a la baja por enfermedad, un autónomo debe estar dado de alta y tener al día los pagos con respecto a la Seguridad Social.
Cotizar por la prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes es obligatorio. Sin embargo, la protección por contingencias profesionales es voluntaria, salvo para aquellas actividades profesionales con elevado riesgo de siniestralidad.
Asimismo, la prestación de incapacidad permanente se reconoce en los mismos términos que en el régimen general, salvo ciertas particularidades, como mejorar voluntariamente la acción protectora.
2. Jubilación
Como el resto de las prestaciones, se reconoce el régimen general con algunas particularidades, como por ejemplo que no existe integración de lagunas. ¿A qué se refiere este punto?
Esto se refiere a que, si en el período que se toma en cuenta para efectuar el cálculo de la jubilación se reflejarán meses sin cotización, estos no se completarán con las bases mínimas vigentes.
3. Maternidad y paternidad
Estas prestaciones se reconocerán según los términos del régimen general, siempre que se esté dado de alta y al día con el pago de la Seguridad Social.
4. Protección por cese de actividad
Los trabajadores autónomos cuentan con un sistema particular de protección por cese de actividad, que consiste en el abono de una prestación económica mensual y la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.
Para lograr acceder a esta prestación, el autónomo debe estar dado de alta y al corriente de pago, además deberá cotizar específicamente por esta protección por un periodo mínimo de doce meses continuos e inmediatamente anteriores al cese.
Para acceder a cualquiera de estas prestaciones es importante tener a resguardo un duplicado del alta de autónomos, a los fines de su exigibilidad ante cualquier eventualidad.
¿Cómo puede un autónomo darse de alta?
La persona debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) previo al inicio de la actividad y contará con dos opciones para darse de alta:
- Por medio de un Punto de Atención al Emprendedor.
- Aplicando el alta online, con un certificado electrónico a través del portal web de la Seguridad Social en el apartado “Afiliación, Inscripción y Modificaciones” y seleccionando la opción “alta en trabajo autónomo”.
¡Ojo! Es importante que sepas que a partir de enero de 2023, comenzará a aplicarse un nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos, según los rendimientos netos efectivos que obtengan, por lo que ya no tendrán la posibilidad de elegir la base de cotización.
A inicios de cada año o al darse de alta como autónomo, cada trabajador comunicará un estimado de su previsión de rendimientos netos, la cual podrá modificar cada dos meses para adaptarla a los rendimientos que vaya obteniendo.
¿Cómo solicitar el duplicado de alta en autónomos?
Solicitar el duplicado del alta de autónomos es más sencillo ahora, pues cuentas con 2 opciones para obtener este respaldo. ¡Y aquí te las enseñamos!
1. Servicio RED
El primer paso para obtener el duplicado del alta de autónomos consiste en acceder a través del portal Servicio RED con el Certificado Digital o DNIe y seguir estas indicaciones:
- Accede al Servicio RED de la Seguridad Social: deberás contar con un sistema operativo compatible, como por ejemplo Windows 7 (o superior,) o Linux.
- Ingresa al menú: una vez que accedes al Portal con tu Certificado Digital, tendrás que entrar al menú “Afiliación” y hacer clic en “Régimen Especial de Trabajadores Autónomos”.
- Solicita duplicado del alta de autónomos: tras desplegar el menú del paso anterior, te encontrarás con la opción “Duplicado de resolución de alta/baja en el RETA”, aquí tendrás que hacer clic sobre él para continuar.
- Identifícate: una vez que ingresas y seleccionas el duplicado, tendrás que identificarte a través de tu número de afiliación a la Seguridad Social y el DNI/NIE.
- Descargar PDF: una vez identificado, podrás seleccionar el duplicado de alta de autónomos y hacer clic en continuar y se descargará automáticamente el documento.
Esta forma de obtener tu duplicado del alta es realmente sencilla y rápida, sin embargo, no es tu única opción.
2. Sede electrónica
La otra vía para solicitar el duplicado del alta de autónomos es a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social mediante certificado digital, DNIe, clave permanente, clave PIN o vía SMS.
Estos son los pasos que debes seguir para obtener tu duplicado:
- Acceder a la Sede Electrónica: una vez seleccionada una de las opciones de acceso, debes hacer clic en el apartado “Ciudadanos”.
- Acceder a Informes y Certificados: en el apartado “Ciudadanos” encontrarás diferentes opciones de solicitud. Deberás hacer clic en “Duplicado de resolución/alta/baja en Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o autónomos”.
- Descargar PDF: completados los pasos previos se descargará el archivo automáticamente.
Solicitar el duplicado del alta de autónomos ahora es más sencillo que nunca y ahora que sabes cómo hacerlo, podrás solicitarlo cada vez que lo requieras.
Toma en cuenta que, aunque son las dos opciones más viables con respecto a tiempo de obtención del duplicado del alta de autónomos, no son las únicas, ya que podrás obtenerlo vía presencial solicitando cita previa ante el RETA para tal fin.
Si eres autónomo, sabes lo difícil que puede ser mantener tus finanzas en orden mientras te centras en tu trabajo. A menudo, los autónomos se enfrentan a una gran cantidad de tareas administrativas que pueden robarles el tiempo y la energía necesarios para hacer crecer su negocio. Es por eso que cada vez más autónomos están recurriendo a la asesoría de autónomos online para ayudarles a mantener su negocio en marcha
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